Andresa Cristina Krein Griebeler - 4º Comunicación Social
El
abuso sexual infantil es cualquier acto sexual cometido contra un niño o
adolecente, quién practica la acción es alguien adulto y próximo de la familia,
pero actos practicados por un adolescente, mayor de 16 años contra un niño,
también son considerados un crimen.
Hay dos formas de abuso sexual: con el contacto
físico y sin contacto físico, ambos son practicados para obtener algún tipo de
placer o satisfacción interior.
Con
el contacto físico el agresor fuerza relaciones sexuales con violencia física.
Ya sin contacto físico, el agresor pide a la victima que se desnude para que
pueda observarlo y llega a sacar fotos o filmar la escena.
Las
consecuencias de la violencia sexual contra los niños o adolescente pueden ser:
·
Físico, como inflamaciones y hemorragias,
embarazo precoz, poniendo en peligro la
vida del niña, y hasta mismo la transmisión de enfermedades sexuales, como el SIDA, hepatitis B, etc.
·
Psicológica que causa sentimiento de culpa, la
depresión, el miedo de salir de la calle, o incluso un intento de suicidio.
·
Comportamiento, donde la victima presenta
dificultad para expresar sentimientos, la caída en el rendimiento escolar y la
agresión en contra de los familiares.
La
ley prevé una pena de 4 a 8 años de prisión mas una multa, para aquellos que
producen, reproducen, dirigen, fotografían, filman o graban, por cualquier
medio escenas de sexo explícito o pornografía con participación de niños o
adolescentes. El abuso, violencia y exploración sexual de los niños son
clasificados como corrupción penal de los menores. Segundo el artigo 218, un acto
de violencia sexual puede tener una pena de 1 a 4 años de prisión, y para el
asalto indecente, que se caracteriza por la violencia física o la amenaza
grave, la pena puede llegar de 6 a 10 años de prisión.
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